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En
fecha del 16 de Marzo se constituyó en la Sede de AEPSAL una
Comisión Organizadora del Cuerpo de Peritos Judiciales en
PRL, compuesta por los siguientes asociados:
D. Alfons Castells García, D. Jaume Puig Ustrells, Dª
Daya H. Rolsma Tejusijarana, D. José García Romero, D.
Ricart Clariana Padrón, D. Manel Fernández Jiménez, D.
Miquel Torrents Font i D. Manel Ulldemolins Vales; Comisión
que presentó una propuesta a la Junta Directiva de AEPSAL
para la creación del citado Cuerpo.
Estudiada
dicha propuesta por la Junta Directiva el pasado Miércoles,
30 de Marzo, en relación a la misma se han adoptado los
siguientes Acuerdos:
1.
Se aprueba la Creación del Cuerpo de Peritos
Judiciales, expertos en Prevención de Riesgos Laborales, que
será tutelado por parte de los órganos directivos de la
Asociación, y gestionado por los responsables de la Comisión
Organizadora, todo ello de Acuerdo a las competencias que la
Ley de Enjuiciamiento Civil encomienda a las Asociaciones
científicas y profesionales.
2.
Se aprueba la creación de un registro, dependiente de
la Secretaría de la Asociación, y gestionado por la Comisión
Organizadora, en el que se registran todos los futuros peritos
Judiciales en PRL con especificación de las correspondientes
especialidades en las que se acredita.
3.
Se aprueba, para la supervisión, estudio, realización
de pruebas cuando sea necesario, y en su caso, admisión de
candidaturas, la inscripción inicial y como Peritos
Judiciales Fundadores de dicho Cuerpo, de todos los miembros
de la Comisión Organizadora que cumplan los requisitos del
Acuerdo cuarto, y que son D. Alfons Castells García (1), D.
Manel Fernández Jiménez (2), D. José García Romero (3), D. Jaume Puig Ustrells (4) y Dª
Daya H. Rolsma Tejusijarana (5).
4.
Se acuerda, que el Acceso ordinario a dicho Cuerpo se
llevará a efecto a través de la superación de un Curso
sobre Peritos Judiciales en PRL, que organizará la Asociación,
y que se desarrollará en el próximo Otoño, y de la
preceptiva incorporación a AEPSAL. En Breve se presentará públicamente
el correspondiente programa de dicho curso.
5.
Se acuerda que, con carácter transitorio, y hasta la
finalización de dicho Curso, prevista para finales de
Diciembre del 2005, se abre un turno de Acreditación para la
incorporación a dicho Cuerpo, que será gestionado por la
Comisión Organizadora.
Los
aspirantes a dicha Acreditación deberán de estar en
disposición de los siguientes requisitos: a) ser Asociado de
AEPSAL; b) Tener la Certificación de haber superado el Master
en PRL en alguna
de sus especialidades o el Título de Médico especialista en
Medicina del Trabajo; c) Acreditar una experiencia profesional
mínima de 6 meses en los últimos dos años anteriores al día
de presentación de la solicitud.
Asimismo,
junto a su solicitud, y para la obtención de la
correspondiente inscripción y Acreditación, los aspirantes
deberán de abonar una Tasa de 50 Euros en concepto de
derechos de Inscripción y aportar una hoja de solicitud,
junto con los siguientes documentos: a) DNI, b) Título de
master en PRL, c) Certificado de experiencia, d) Vitae Vitae
profesional, d) Aval profesional de dos asociados de AEPSAL,
e) Certificado de Penales ( pedirlo para colegiación
profesional ), f) currículm vitae profesional
Estos
Acuerdos y las Listas de Peritos, se pasarán a la Autoridad
Laboral y Judicial para su conocimiento y los efectos que prevé
la Ley de Enjuiciamiento Civil.
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