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Rossend Prats Carrera
Técnico Superior en PRL, esp. Seguridad,
Higiene, Ergonomía y Psicosociología
LLEIDA
CARRETILLAS ELEVADORAS
RETRÁCTILES: SORPRESAS DESAGRADABLES
Probablemente, si preguntásemos a la mayoría
de técnicos en prevención de riesgos laborales sobre el
hecho que “todas” las carretillas elevadoras deben llevar
cinturón de seguridad, o dispositivo de retención
equivalente, creo que la mayoría responderían
afirmativamente. Sin embargo, si realizásemos la misma
pregunta a los directores técnicos de diseño de carretillas
elevadoras, una mayoría respondería negativamente a la
cuestión. ¿A qué se debe tal disparidad de opinión?.
Para responder a esta pregunta, primero
debemos revisar qué es lo que la normativa establece al
respecto.
La transposición de la Directiva de máquinas
en el RD 1435/92, establece en el punto 3.4.3., la necesidad
de una estructura ROPS en caso de vuelco. En el punto 3.2.2,
se dice que en caso de haber cabina antivuelco, el asiento
debe ir provisto de cinturón de seguridad o un dispositivo
equivalente que mantenga al conductor en su asiento.
El RD 1215/97 sobre Equipos de Trabajo,
establece que para limitar el riesgo de vuelco se disponga
de una cabina, una estructura que evite el vuelco, una
estructura que garantice espacio entre el suelo y el equipo,
o una estructura que mantenga al operario sobre el asiento,
sin hacer ninguna referencia a cinturón de seguridad.
La norma UNE-EN 1726-1:1998/A1:2003 sobre
seguridad en carretillas de manutención, en el apartado
5.7.8. sobre retención del operador, sólo hace referencia a
la necesidad de disponer de cinturón de seguridad en las
carretillas elevadoras contrapesadas y todo terreno con
operador sentado hacia delante, y las de carga lateral, por
un solo lado. El resto de carretillas no especifica que
deban disponer de cinturón de seguridad, entre ellas, las
retráctiles. Añade, a demás, el comentario que ya establece
el RD 1435 de que el cinturón no debe limitar el manejo de
la carretilla, por ejemplo, acceso, salida, movimientos o
visibilidad según indica la norma UNE.
La nueva Directiva de máquinas 2006/42/CE,
que entrará en vigor a finales de este año mediante el RD
1644/08, concreta que los dispositivos de retención no se
instalarán si incrementan el riesgo para el operario.

Vista de carretilla retráctil
Para completar el compendio de información
sobre el tema, algunos de los fabricantes han adoptado el
criterio, respecto a las carretillas retráctiles, de que el
riesgo de vuelco de las mismas es bajo, y que el uso de
cinturón de seguridad en estos equipos es contraproducente
para el operario, opinión que dicen sustentar en pruebas de
ensayo de las que un servidor no ha podido generarse una
opinión porque no las ha visto.
Visto todo lo anterior, parece ser que hay
una cierta incongruencia entre la normativa europea que no
discrimina tipos de carretilla, y la norma UNE que sí lo
hace. Para complicar más la cuestión, los fabricantes se
amparan en unas opiniones subjetivas (riesgo bajo de vuelco
y mayor peligro por usar el cinturón de seguridad) y en unas
pruebas de ensayo que no sabemos cuales son.
Aunque la directiva europea es de un rango
legal superior a la norma UNE, es cierto que la misma norma
europea permite a las normas UNE concretar y especificar la
propia norma europea. Parece, pues, que nos hallamos ante un
callejón sin salida.
La cuestión es, ¿qué papel debe adoptar el
técnico en prevención de riesgos laborales ante una
situación como esta?.
De una parte, informar a la empresa que tiene
en sus lugares de trabajo este tipo de carretillas, de que
la normativa exige, sin discriminación de tipos de
carretillas, que éstas dispongan de un sistema de retención
del operario en el asiento.
De otra parte, informar a los fabricantes de
carretillas de que debe estar, bajo mi opinión, mejor
justificada la ausencia de cinturón de seguridad en
carretillas retráctiles, y solicitar una mayor difusión de
estas pruebas de ensayo que dicen demostrar la inoportunidad
del cinturón de seguridad en este tipo de carretillas.
Habría que ver si el tejadillo de la cabina es suficiente
frente al riesgo de vuelco para evitar el aplastamiento del
operario, a demás de otros tipos de riesgo para el operario
derivados de la conducción, como colisiones, maniobras
bruscas, golpes con el mástil, etc. a los que está expuesto
con un mayor nivel de riesgo por no llevar cinturón o
sistema de sujeción al asiento.
En el supuesto de un accidente grave o mortal
con una carretilla retráctil por vuelco de la misma, será
difícil justificar ante la inspección de trabajo, o un juez,
que el riesgo de vuelco era bajo y que de haber llevado el
cinturón de seguridad, las consecuencias habrían sido
peores, y es que esta situación puede llevar a sorpresas
desagradables a las empresas, operarios y fabricantes de
carretillas.
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