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ACCESO
A LA ESPECIALIDAD DE ENFERMERIA DEL TRABAJO Y SALUD LABORAL.

Judith
Ibañez Lorente
Infermera
de la Unitat Bàsica de Salut de Correus i
Coordinadora de la Secció de Infermers del Treball de AEPSAL
Tras
el anunció de la próxima aprobación de un Real
Decreto para la creación de diferentes especialidades de
la Enfermería, i en concreto de la Enfermería
del trabajo y Salud laboral, surge la duda entre los
profesionales dedicados desde hace años a la salud laboral
sobre su futuro profesional y posibles convalidaciones de la
titulación.
El
acceso a la especialidad de enfermería del trabajo y salud
laboral de los profesionales en esta situación, será
acreditando tanto el ejercicio profesional como la formación
complementaria adquirida en contenidos de la especialidad
y a lo que habrá que sumar una prueba objetiva de
evaluación de
competencia. Si la experiencia es de un mínimo de 4 años se
accederá al título tras superar una prueba de evaluación de
la competencia. En el caso de que sólo se pueda acreditar un
mínimo de 2 años, los profesionales de la enfermería deberán
acreditar o completar 200 horas de formación continuada, así
como pasar esta misma prueba objetiva de evaluación de la
competencia.
Los
profesionales que posean el título de ATS/DUE de empresa
obtendrán el título de especialista, siempre y cuando
acrediten que, a la entrada en vigor del Real Decreto, tienen
un ejercicio profesional mínimo de cinco años. En el caso de
no poder acreditar los 5 años exigidos, será necesario
acceder a la prueba objetiva de evaluación de la competencia.
Desde
la Sección de Enfermería del Trabajo de AEPSAL, consideramos
que la creación de esta Especialidad es un hito importante en
la consolidación de una profesión que ya venía desarrollándose,
y que el proceso de homologación subsiguiente deberá de
perfeccionarse. En ello estaremos las Asociaciones científicas
y profesinales.
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