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En la sede del Instituto Europeo de Salud y Bienestar Social
y ante una selecta audiencia de responsables del sector,
AEPSAL ha presentado hoy, día 02 de octubre de 2008, su propuesta de Ley reguladora del
ejercicio profesional para los nuevos especialistas
encargados de velar por la seguridad de los trabajadores,
los Técnicos de prevención de riesgos laborales.
Entre otros, han asistido a la convocatoria los
portavoces de los grupos Popular y Socialista, de la
Comisión de Trabajo e Inmigración del Congreso de los
Diputados, José Ignacio Echaniz y Manuel de la Rocha, y
responsables de otras formaciones políticas (CiU), de la
administración (INSHT), de asociaciones patronales del
sector (ASPREM y ANEPA), de Sindicatos (CCOO, UGT y CSIF),
de Mutuas de Accidentes de Trabajo (Asepeyo, Universal, MC,
Fraternidad), de Universidades (UAB, UCM), de Consejos de
Colegios Oficiales (COGITI), y de asociaciones del sector
(AMAT, AJSE, ACTSPRL).

La propuesta, elaborada por los asesores jurídicos de
AEPSAL, ha sido defendida por el Presidente de la
Asociación, Manel Fernández, que ha comparecido acompañado
por la Vocal de Relaciones Institucionales de AEPSAL, Marí
Paz Serrano, y por el Presidente del Instituto Europeo,
Manuel Peña.
La intervención del presidente de la asociación ha estado
centrada en justificar la necesidad de regular estas nuevas
profesiones, la del Técnico Superior y la del Técnico
Intermedio, como lo están la mayoría de las profesiones
consideradas de interés social, muchas de ellas de menor
calado que la de estos técnicos especialistas.
La importancia social de los Técnicos de Prevención, según
el responsable de AEPSAL, es comparable a la de los Médicos
del trabajo, pues al trabajador y a la sociedad le
preocupa tanto la prevención de los accidentes de trabajo –
sobre los que actúan los técnicos -, como la de las
enfermedades profesionales – sobre las que actúan los
médicos.
Según dicho responsable, la actual situación de
desregulación ha colocado a estas nuevas profesiones y a
quienes las ejercen en una situación de completa perversión
y dependencia de las leyes del mercado, que las aleja de
los objetivos para los que fueron creadas por la Ley de
Prevención de riesgos laborales, y que no son otros que los
de la implantación de las normativas de seguridad y salud en
el trabajo y el desarrollo de una cultura preventiva en el
seno de las empresas. Otros elementos negativos de la
desregulación son la colisión de competencias con otras
profesiones, la ausencia de control sobre la calidad de la
praxis profesional y el fomento del intrusismo profesional
en el sector.

Para apoyar estas afirmaciones, Fernández ha señalado que
la Ley de Prevención estableció un sistema de acceso
provisional para éstas nuevas profesiones, a través de
formación no reglada, que ha llenado las arcas de muchas
entidades formativas publicas y privadas, pero que no ha
respondido a las necesidades y expectativas de la
prevención, puesto que ha producido una bolsa de
doscientos cincuenta mil titulados (entre Técnicos
superiores y Técnicos intermedios), insufientemente
preparados, cuando el nivel de ocupación y de exigencias del
sector es de veintidós mil puestos de trabajo de
especialistas bien experimentados en las diferentes áreas de
la prevención laboral ( ergonomía, psicosociologia, higiene
y seguridad).
En este sentido, Fernández ha remarcado que, por mucho
empeño que se ponga, resulta imposible formar un técnico
superior, especialista en una rama preventiva - como lo
permite éste sistema y como se está realizando-, mediante un
curso a distancia de seiscientas horas.
Si
bien en el 2001 se aprobó una rama de segundo ciclo de
formación profesional que habilita para el ejercicio de las
funciones del Técnico intermedio, y que ha supuesto el
agotamiento del sistema provisional de acceso a ésta escala,
lo cierto es que la desregulación ha generado una pugna de
los diferentes modelos de acceso a la formación ocupacional
por acaparar cotas de formación para esta profesión.
Asimismo, después de más de doce años de configurarse estas
nuevas profesiones, aún persiste el sistema de acceso
provisional para la escala de Técnico superior y la
desregulación ha generado una carrera imparable de las
Universidades por hacerse con el liderazgo de la formación
en ésta profesión, de manera que en éstos momentos veintidós
universidades españolas están ofreciendo una formación de
postgrado en prevención de riesgos laborales, que no
garantiza el reconocimiento del acceso a la profesión y que
supone la ampliación y perpetuación del actual y aberrante
modelo de formación de dichos Técnicos superiores, ya que
ofrece la titulación a través de un curso teórico de tan
sólo 60 créditos europeos ECTS.
Para AEPSAL, el modelo adecuado de titulación de éstos
profesionales habría sido el que actualmente predomina en la
Unión Europea - donde los Técnicos Intermedios se encuentran
ubicados en la formación profesional de primer grado y los
Superiores en el segundo-, y, una vez consolidado el
sistema, elevarlo de nivel - los Intermedios al ciclo
formativo de segundo grado y los Superiores al Grado
Universitario, dejando las especializaciones de éstos para
el Postgrado. Sin embargo, debido a la actual situación de
descontrol, que ha posibilitado que las Universidades tomen
el timón de la formación de los Técnicos superiores y la
ubiquen directamente en el Postgrado, la regulación que
AEPSAL propone para estos Técnicos superiores, contemplada
en su propuesta de Ley, es su ubicación directa en el Grado
universitario y la de las especializaciones en el Postgrado.

Las consecuencias de ésta desregulación en la formación son
“el derroche de fondos públicos de nuestras administraciones
y de la Unión Europea, invertidos en formar a éstos
titulados, que podrían haberse destinado a formar menos
técnicos y mejor preparados; la creación de una bolsa de
doscientos treinta mil titulados frustrados, que han puesto
su dinero y su ilusión en éstas profesiones, pero que no
encuentran trabajo en el sector; la precarización e
indefensión de los profesionales ocupados; y el aislamiento
de los Técnicos intermedios”.
Según Fernández, como consecuencia de la desproporción entre
los titulados y los puestos reales del sector, las escasas
ofertas de plazas de técnicos de prevención que salen al
mercado cada vez presentan un mayor volumen de exigencias y
de requerimientos y un menor nivel de contraprestaciones.
Tal es así, que en estos momentos están apareciendo ofertas
en el mercado para las que se requiere tener una carrera
técnica y todas las especialidades preventivas, una
experiencia de años de servicio y una gran disponibilidad
horaria y de movilidad, con un salario de 16.000 Euros
anuales, cuando hace doce años las ofertas salían con 24.000
Euros.
Al no existir una distinción clara entre el estatus y las
funciones de las dos escalas de técnicos, estas ofertas
siempre demandan exclusivamente Técnicos superiores, ya que
las empresas consideran que “por el mismo precio, siempre
es mejor contratar a un Técnico superior, pues puede hacer
las funciones de superior y de intermedio”, obviando que
son profesiones diferentes no superponibles. Esta situación
está colocando a los cien mil titulados intermedios en una
situación límite de exclusión del mercado de trabajo.
Esta situación de precariedad salarial ha sido reflejada en
las tablas salariales del primer Convenio del sector de la
prevención, aprobado en Julio del 2008, en el que podemos
observar que algunas categorías de Técnicos están situadas
en el mileurismo. A pesar del importante avance que ha
supuesto la aprobación de éste Convenio, en la regulación de
las condiciones de trabajo de los Técnicos de los Servicios
de prevención ajenos, el salario acordado para los Técnicos
intermedios es de 16.320 Euros anuales y el de los
superiores de 18.360, mientras que el de los Médicos, que
está por debajo del mercado, es de 24.480 Euros.
tra consecuencia y resultado de la precarización es que los
Técnicos están operando con una alta presión por parte de
las empresas, tanto por lo que se refiere a su
disponibilidad como al ejercicio de la profesión, lo que les
coloca en una situación de riesgo de incurrir en
responsabilidades penales, cuando se producen accidentes
graves. Según Fernández, en estos momentos existe una
cadena de Técnicos de prevención que están imputados por
presuntas responsabilidades, como consecuencia de la presión
a la que están sometidos y dado que la falta de regulación
del ejercicio profesional no posibilita la existencia de un
código deontológico y un órgano de control de la práctica
profesional.
Otro aspecto que contempla la propuesta de Ley de AEPSAL es
la regulación de la figura del Técnico de prevención
Autónomo, para el ejercicio libre de la profesión bajo
determinadas condiciones, como la disposición de la
acreditación EurOSHM, establecida por la Red Europea de
Organizaciones de Profesionales para la Seguridad y Salud en
el Trabajo (ENSHPO).
Para finalizar su exposición, el presidente de la asociación
señaló que los resultados de la desregulación son una
sobredimensionada población titulada, poco preparada y
frustrada, y una prevención de muy mala calidad, por lo que
su Asociación espera de los responsables políticos que
tomen nota de la dramática situación en la que se encuentran
estas profesiones y que cumplan el compromiso asumido por
algunas formaciones en sus programas electorales, entre
ellas Convergencia y Unió y Esquerra Republicana de
Cataluña, de crear un grupo de estudio dependiente de la
Comisión de Trabajo e Inmigración, que analice la mejor
forma de emprender dicha regulación.
Resulta complicado poder explicar a nuestros colegas
europeos de ENSHPO la situación de desregulación en la que
se encuentran estas profesiones en España; que estos
colectivos profesionales no tengan interlocución en los
organismos de consulta y participación oficiales, como la
Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo; y que
estén percibiendo estos salarios tan bajos, cuando se les
exige una titulación universitaria y una formación de
postgrado y están asumiendo funciones de tan alta
responsabilidad.
Al finalizar la exposición de la propuesta, el Presidente
del Instituto abrió un turno de preguntas en el que se
produjo un intenso debate que reflejó la situación confusa
de los actuales sistemas de acceso a las nuevas profesiones,
las perversiones hacia las que están abocadas como
consecuencia de la situación de desregulación y el interés
por emprender la misma.
A la posición contraria de la Asociación de Servicios de
Prevención Ajenos (ASPA), a la apertura de un proceso de
regulación de estas profesiones, señalando que dicha
regulación se había producido a través del Convenio
Colectivo, el presidente de AEPSAL apuntó que el Convenio
sólo regula condiciones laborales y no el ejercicio
profesional y que tan sólo acoge a los técnicos de los
servicios de prevención ajenos y no a los de las Mutuas de
accidentes ni a los de los servicios de prevención propios o
mancomunados de las propias empresas.
Por su parte, el responsable del Instituto Nacional de
Seguridad e Higiene en el Trabajo apuntó que el desarrollo
de la Estrategia española en materia de seguridad y salud en
el trabajo, para el ejercicio del 2007 al 2011, contempla la
regulación de la formación de los técnicos de prevención, a
lo que contestó el responsable de la asociación que si bien
aplaude ésta iniciativa, la Estrategia está dirigida
especialmente a la formación de la población trabajadora en
prevención de riesgos y no es el marco adecuado para regular
ni la titulación ni otros aspectos del ejercicio de una
profesión como la de los técnicos de prevención.
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