Los sindicatos votaron
en contra del dictamen porque la Comunidad de Madrid
no incluye las sanciones impuestas en vía
administrativa
El Consejo
Económico y Social de la Comunidad de Madrid (CES)
recomendó que la publicación de los nombres de las
empresas sancionadas por infringir la normativa de
prevención de riesgos laborales se limitara a las
que hubieran incurrido en infracciones muy graves,
según figura en el informe preceptivo, no
vinculante, emitido por dicho órgano consultivo
sobre el proyecto de decreto redactado por el
Gobierno regional.
En el dictamen
del CES, al que tuvo acceso Europa Press, se
considera positiva "la preocupación y el esfuerzo"
del Ejecutivo autonómico, agentes sociales y el
resto de instituciones de la región por la lucha
contra la siniestralidad laboral.
Sin embargo, se
objeta que, de acuerdo con la postura del Consejo de
Estado, el proyecto de decreto "podría sobrepasar
las competencias que la Ley atribuye a la Comunidad
de Madrid en esta materia, dado que su contenido
excede del ámbito organizativo".
En este punto,
el CES cita al Real Decreto de 2000 por el que se
aprobó el Texto Refundido de la Ley de Infracciones
y Sanciones en el Orden Social para defender que
"únicamente las sanciones muy graves son
susceptibles de ser publicadas".
"La Ley sólo
ampara que se hagan públicas las sanciones muy
graves en materia de prevención de riesgos laborales
y no todas las sanciones de la referida materia,
como se recoge textualmente en el apartado primero
del artículo 1 del proyecto de decreto objeto de
estudio", recoge el informe preceptivo.
Otra objeción
que hace el CES es que "es necesario un desarrollo
reglamentario de la Ley por parte del Estado que
determine el momento en el que se ha de efectuar la
publicación de la sanción".
LOS SINDICATOS VOTARON EN CONTRA
El CES es un
órgano consultivo de la Comunidad de Madrid en
materias económicas y sociales del que forman parte
tanto los agentes sociales (empresarios y
sindicatos) como expertos designados por el Gobierno
regional.
El informe
emitido sobre el proyecto de decreto regional que
regula la publicidad de las sanciones impuestas por
infracciones en materia de prevención de riesgos
laborales fue aprobado por mayoría de empresarios y
expertos, mientras que CC.OO. y UGT hicieron votos
particulares negativos.
La negativa del
grupo sindical se debe a que el dictamen rechaza su
reivindicación de que también se publique el nombre
de empresas sancionadas en vía administrativa, no
sólo judicial, argumentando que desde la propuesta
de sanción por parte de la Inspección de Trabajo
hasta la resolución judicial confirmatoria "pueden
llegar a pasar, agotando los plazos y sin contar con
la tramitación del expediente sancionador, entre 36
y 40 meses".
Para CC.OO. y
UGT, esa dilación en el tiempo "resulta excesiva si
el objetivo que pretende la norma es la de ser un
elemento eficaz contra la siniestralidad laboral",
pues para entonces puede ocurrir que la empresa en
cuestión ya no exista, bien por fin de actividad
--"en el sector de la construcción es habitual la
creación de una empresa para la ejecución de una
obra en concreto", advierten-- bien porque se
modifique su nombre y hasta su personalidad
jurídica.
Asimismo, los
sindicatos destacan que "el contenido normativo
propuesto puede suponer que aquellas empresas que
asuman la sanción y no acudan a la vía judicial
obtengan la no publicación de la sanción impuesta
aunque los hechos sancionados puedan ser causantes
de mayor alarma social que los que sí busquen amparo
judicial, quedando con ello en manos del empresario
la opción de evitar la publicación de los hechos
denunciados".
Fuente de los
datos: EUROPA PRESS - 10/01/2007