Cataluña,
Madrid
y
Canarias,
comunidades
con
mayores
denuncias
presentadas
Las
denuncias
por
acoso
laboral
se
incrementaron
durante
los
seis
primeros
meses
de
2007
un
25%,
si
se
tienen
en
cuenta
datos
del
mismo
periodo
del
año
anterior.
De
esta
forma,
las
situaciones
de
atentado
contra
los
derechos
a la
intimidad
y
dignidad
de
los
trabajadores
subieron
hasta
las
1.097
denuncias.
La
Inspección
de
Trabajo
y
Seguridad
Social,
aportante
de
los
datos,
sitúa
a
Cataluña,
Madrid
y
Canarias
como
las
regiones
con
más
casos
denunciados.
Durante
todo
el
año
2006,
las
denuncias
por
acoso
laboral
llegaron
al
total
de
1.756.
Sin
embargo,
en
los
primeros
seis
meses
del
actual
ejercicio,
la
cifra
supera
ya
las
mil,
lo
que
supone
un
incremento
del
25%
de
media
mensual.
Por
regiones,
el
acoso
laboral
fue
denunciado
de
manera
importante
en
Cataluña,
con
234
casos
registrados.
Por
detrás
figuran
Madrid
y
Canarias,
que
recogen
187
y
118
situaciones,
respectivamente.
La
Inspección
de
Trabajo
y
Seguridad
Social
realizó
también
su
particular
análisis
sobre
las
denuncias
de
discriminación
por
razón
de
sexo.
En
el
primer
semestre,
se
produjeron
108
demandas.
La
cifra
supone
un
incremento
del
15,4%
de
media
mensual
respecto
al
año
anterior.
En
2006,
se
tramitaron
durante
todo
el
ejercicio
118
denuncias.
ACTUACIONES
ESPECÍFICAS
El
Ministerio
de
Trabajo
subrayó
que
las
actuaciones
en
materia
de
discriminación
por
razón
de
sexo
tienen
carácter
prioritario
por
parte
de
la
Inspección
de
Trabajo
y
Seguridad
Social.
Esta
intención
se
traduce
en
la
pretensión
de
celeridad,
ya
que
las
direcciones
provinciales
están
obligadas
a
iniciar
actuaciones
inspectoras
en
tan
sólo
24
horas
desde
el
registro
de
la
denuncia.
La
situación
es
más
específica
en
aquellas
provincias
que
disponen
de
más
de
20
inspectores,
y
donde
al
menos
uno
se
hace
cargo
de
forma
preferente
de
las
actuaciones
relacionadas
con
esta
materia
y
está
especializado
técnicamente
en
esta
rama.
Tras
estas
actuaciones
de
inspección,
existen
dos
opciones.
Se
puede
proceder
a
formular
requerimientos
para
subsanar
las
deficiencias
apreciadas,
en
caso
de
que
no
existiese
perjuicio
directo
para
las
trabajadoras
de
la
empresa,
o
extenderse
actas
de
infracción.
En
este
última
opción,
la
iniciativa
va
acompañada
con
una
sanción
si
se
trata
de
una
conducta
tipificada
como
infracción
laboral.
Además,
la
nueva
Ley
para
la
Igualdad
recién
estrenada
faculta
a la
Inspección
de
Trabajo
y
Seguridad
Social
para
iniciar
un
procedimiento
de
oficio
ante
los
Juzgados
de
lo
Social.
En
consecuencia,
se
desarrollaría
una
actuación
rápida
de
esta
jurisdicción
dirigida
a
corregir
la
actuación
empresarial
y
fijar,
si
se
diese
el
caso,
indemnización
para
la
trabajadora
sufridora
de
la
discriminación.