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Los
hechos ocurrieron en septiembre de 2002.
Ha
sido condenado a seis meses de cárcel y a pagar una multa de
1.800 euros por no adoptar las medidas de seguridad necesarias
para la protección de los trabajadores contra el amianto en
el derribo de una nave industrial de Hernani.
Durante
el juicio por estos hechos, celebrado en un juzgado de lo
Penal de San Sebastián, la defensa del acusado llegó a un
acuerdo de conformidad con la fiscal, por el que aceptó los términos
recogidos en el escrito de acusación del Ministerio público
y que su cliente sea condenado por un delito de imprudencia
con la suspensión de la pena de cárcel, al no tener
antecedentes judiciales.
Los
hechos, según este texto, ocurrieron en septiembre de 2002,
cuando la empresa del acusado inició el derribo de un pabellón
industrial situado en el barrio Carabel de Hernani.
Incumplimientos
El
escrito del fiscal precisa que parte del trabajo consistió en
"el desmontaje y transporte de placas de
fibrocemento" y afirma que en el desempeño de esta labor
se incumplieron "de forma flagrante las previsiones de
seguridad y prevención de riesgos señaladas en las
disposiciones administrativas para este tipo de trabajo".
Desde
diciembre de 2001 está prohibida en España la fabricación,
comercialización y empleo de determinadas fibras de amianto y
de los productos que las contienen, ya que puede provocar cáncer
de pulmón y de pleura.
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