El
Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha
ratificado el derecho de un trabajador a recibir una
pensión por invalidez permanente al entender que la
inhalación de productos químicos en la empresa de
productos ortopédicos donde trabajó durante 22 años le
han provocado la fibrosis pulmonar que padece.
La historia se remonta a
enero de 2003, cuando al afectado, Julio P.N., de 41 años,
se le diagnosticó una fibrosis pulmonar con severo
deterioro de la función respiratoria que conllevó un
transplante de pulmón en junio de 2003 y que desembocó en
una grave alteración respiratoria.
El Instituto Nacional de
la Seguridad Social (INSS) declaró al demandante en
situación de incapacidad permanente absoluta en febrero
del mismo año por enfermedad común, resolución contra la
que Julio P.N. interpuso una reclamación previa al
entender que su afección se deriva de una enfermedad
profesional. El INSS, no obstante, desestimó dicha
pretensión.
PRODUCTOS
QUÍMICOS Y VENTILACIÓN INADECUADA
El afectado estuvo
trabajando durante 22 años en los talleres de zapatería,
plantillas y albardería y mecánica de la empresa,
situados en Barcelona. En las diferentes salas, según un
informe de la Conselleria de Trabajo, se manipulan
productos químicos de forma continuada durante la jornada
laboral y los talleres no disponen de sistemas de
ventilación adecuados.
Los trabajadores, además,
no cuentan con equipos de protección respiratoria contra
los gases y vapores de disolventes orgánicos, unos
productos químicos nocivos que pueden provocar afecciones
respiratorias.
El informe, según la
sentencia, concluye que "las actuales condiciones de
trabajo no permiten garantizar la seguridad y salud de los
operarios en los talleres de la empresa, en particular en
lo que respecta al riesgo de inhalación y contacto con los
vapores de los disolventes utilizados".
Al parecer, la empresa no
realizaba revisiones médicas a la plantilla para controlar
la posible afectación de los trabajadores por el uso de
sustancias químicas y éstos tampoco recibían formación
sobre las características de los productos.
DEFICIENTE
POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS
Por otra parte, un segundo
informe de un doctor del Centro de Seguridad y Condiciones
de Salud en el trabajo de la Conselleria de Trabajo,
asegura que "lo que sí es seguro es que, como
mínimo, el hecho de haber sido expuesto a sustancias
nocivas para el aparato respiratorio ha agravado la
patología respiratoria del paciente y puede haber influido
en la grave y mala evolución de ésta".
Esta exposición a agentes
tóxicos, según el experto, "se ha producido
básicamente por unas inadecuadas condiciones de trabajo
[...] y por una deficiente política de prevención de
riesgos laborales"
El Juzgado de lo Social
número 25 de Barcelona ya dictó sentencia sobre el caso
el 22 de diciembre de 2003 y declaró la situación de
invalidez permanente por enfermedad profesional del
demandante y su derecho a recibir una pensión de 22.528,55
euros al año.
La empresa demandada y el
INSS, no obstante, interpusieron un recurso de suplicación
contra dicha resolución al entender que la enfermedad del
trabajador no se debe a la inhalación de productos
químicos, ya que la fibrosis pulmonar "puede tener
otras muchas causas".
Finalmente, la Sala de lo
Social del TSJC ha desestimado el recurso y ha confirmado
la resolución del Juzgado de lo Social número 25 de
Barcelona, por lo que el trabajador recibirá la pensión
de 22.528,55 euros al año que le corresponde.
El Alto Tribunal catalán
entiende que el demandante estuvo trabajando con unas
condiciones de ventilación que "no pueden ser
consideradas óptimas" y que es "lógico"
que estuviera en situación de inhalar unas sustancias que
pudieron desencadenar su enfermedad.