INICIA SESIÓN CON TU CUENTA

Demuestra que eres un ser humano


¿HAS PERDIDO TU CONTRASEÑA?

¿HAS PERDIDO TUS DETALLES?

¡UN MOMENTO, YA ME ACUERDO!
  • Política de cookies
  • Aviso Legal
  • LOGIN

AEPSALAEPSAL

AEPSAL

Asociación de Especialistas en Prevención y Salud Laboral

661 082 601
E-mail: aepsal@aepsal.com

AEPSAL
C/ Cuba, 2-4 - 08030 Barcelona

  • Conócenos
    • Presentación
    • Constitución
    • Objetivos
    • Organigrama
    • Estatutos
    • Desarrollo sostenible
  • Actualidad
    • Noticias
    • Agenda
    • Publicaciones
    • Internacional
    • Legislación
  • Me quiero asociar
  • Servicios
    • Formación
      • Máster universitario oficial en PRL
      • Cursos AEPSAL
      • Cursos Gratuitos para todos/as
      • Cursos de otras entidades
    • Cuerpo de Peritos
      • Constitución
      • Carta de presentación
      • Organigrama
      • Normas de acceso
      • Formulario de acceso
    • Bolsa de trabajo
  • Internacional
    • ENSHPO
    • Acreditaciones Europeas de Calidad
    • Trabajar en Europa
  • Campus
  • Contáctanos

miércoles, 23 noviembre 2016 / Publicado en Noticias, Jurisprudencia

Los miércoles sentencia. Hoy: La AP de Valencia condena un anuncio sexista (#16days)

En una reciente sentencia de la AP de Valencia se condena el anuncio sexista de una empresa cementera. Los motivos nos parecen obvios.
cementosexista-carolcluni anuncio sexista
La Audiencia Provincial de Valencia, Sec. 9ª, estimando los recursos de apelación interpuestos por el Ministerio Fiscal y la Generalitat Valenciana, ha declarado, en Sentencia n. 892/2016, de 17 de octubre de 2016, que la publicidad realizada por una empresa cementera en su página web, presentando figuras femeninas en sacos de cemento y morteros es ilícita. Acuerda, asimismo, que debe ser suprimida la figura femenina y condena a la demandada a cesar dicha campaña publicitaria.
Se trata de una de las primeras y pocas sentencias dictadas, que aplica el art. 3 a) de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, por el que se considera ilícita, la publicidad que atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores y derechos reconocidos en la Constitución; entendiendo expresamente incluidos, los anuncios que presenten a las mujeres de forma vejatoria o discriminatoria, utilizando particular y directamente su cuerpo o partes del mismo como mero objeto desvinculado del producto que se pretende promocionar.
Se pretendía la declaración de ilicitud y cesación de una campaña publicitaria, continuada y prolongada desde al menos 2.005/06, basada en la utilización de la mujer a modo de objeto y reclamo para la promoción comercial de productos cementeros, mediante la sucesión en el tiempo de actos de diverso contenido y naturaleza:
cementosexista anuncio sexista– Impresión en sacos de cemento de la imagen de una mujer con un top y pantalón corto desabrochado, en tanga y sentada con las piernas abiertas. [Os ahorramos esa imagen, en su lugar adjuntamos otra del saco de cemento, suficientemente significativa]
– Creación en la web corporativa de un personaje femenino interactivo con un contenido específicamente dedicado al mismo, en el que respondía a un cuestionario de los clientes, mostrándose cada vez más sexy, conforme acertaban las preguntas; así como siendo el objeto de una serie de juegos, donde los usuarios podían elegir el modelo de ropa y vestimenta que debía utilizar.
– Organización de feria promocional con desfiles de mujeres en ropa interior, luchas de barro y bailes eróticos.
– Impresión de figura femenina con características muy acentuadas en los sacos de cemento y mortero.
Argumentaba la empresa demanda que parte de los contenidos ya habían sido suprimidos. Que los modelos femeninos plasmados en los sacos de cemento y morteros eran dibujos y no figuras femeninas reales.
Se fundamentaba la apelación en que la publicidad realizada, infringía el art. 10. CE y el art. 3 a) de la LGP, pues atentaba contra la dignidad de la persona, al realizar una publicidad sexista, con cosificación denigratoria de la mujer y su utilización como mero objeto para promoción comercial.
La sentencia de la APV, fundamenta, que, pese a la supresión anterior de determinados contenidos, se trata de la evolución de una misma campaña publicitaria que mantiene su esencia. FD 4º.
Entrando en el fondo de la cuestión, razona que la campaña publicitaria debe ser declarada ilícita, conforme al art. 3 a) LGP, “ya que solo busca atraer la atención de los potenciales consumidores – en general hombres – con la presentación, aun en forma de dibujo, de una figura femenina con escasa vestimenta, resaltando sus características físicas más llamativas”
Y añade que :”No está justificada esa utilización de la figura femenina con la potenciación de las medidas de seguridad, pues ni, para ello, lleva vestimenta apropiada al trabajo, ni se comprende que, nuevamente, se utilice una figura femenina de características muy acentuadas, como se observa en los dibujos, en una clase y tipo de trabajo en que su presencia es prácticamente irrelevante (en la ejecución de obra, que no en el diseño o en el control de ejecución, que no es desde luego, el ámbito al que se refieren los sacos de cemento o el mortero)”. FD 5º.
Cabe recordar que el contenido actual del art. 3 a) LGP, fue introducido por la LO 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Pretendió erradicar la lacra social generada por actos de indignidad y desigualdad hacia la mujer; con la finalidad de prevenir y evitar “la violencia de género como el símbolo más brutal de la desigualdad existente en nuestra sociedad…que se dirige sobre las mujeres por el hecho mismo de serlo…” (Exp. Motivos I).
Se trata de un paso más en la definición práctica de lo que es publicidad sexista y hacia la erradicación de conductas contrarias a la dignidad e igualdad de la mujer; que están en el origen de lo que puede involucionar hasta llegar a consecuencias tan execrables como la violencia de género.
 
Artículo de Manuel Campoy Miñarro, Fiscal de la Fiscalía Provincial de Valencia, publicado en elderecho.com
Debido a lo reciente de esta sentencia (17.10.2016) no nos ha sido posible incluir un enlace a la misma. Las referencias a la misma en este artículo quizá no lo hagan necesario.
 

Compártelo en tus redes sociales

Etiquetado bajo: Días señalados, Mujer

Asóciate

Descubre todas las ventajas.

Artículos

  • Noticias
    • Noticias de AEPSAL
  • Eventos
  • Publicaciones
    • Revista prevencionistas
    • Participación Asociados
    • Guías prácticas
    • Estudios y estadísticas
  • Internacional
    • Campañas internacionales
    • ENSHPO Meeting de AEPSAL
    • Seguridad y Salud Laboral en el mundo
    • Experiencias internacionales
  • Legislación
    • Nueva normativa
    • Jurisprudencia

Suscríbete a nuestro Boletín

Si quieres recibir toda la actualidad sobre la Asociación e Especialistas en Prevención y Salud Laboral rellena el siguiente formulario.

Puedes darte de baja en cualquier momento enviando un mail a aepsal@aepsal.com

C/ Cuba, 2-4

08030 Barcelona

611 082 601‬

aepsal@aepsal.com

  • Conócenos
    • Presentación
    • Constitución
    • Objetivos
    • Organigrama
    • Estatutos
    • Desarrollo sostenible
  • Actualidad
    • Noticias
    • Agenda
    • Publicaciones
    • Internacional
    • Legislación
  • Me quiero asociar
  • Servicios
    • Formación
    • Cuerpo de Peritos
    • Bolsa de trabajo
  • Internacional
    • ENSHPO
    • Acreditaciones Europeas de Calidad
    • Trabajar en Europa
  • Campus
  • Contáctanos
Tweets by Aepsal

© 2019 AEPSAL. Todos los derechos reservados.
Diseño: Izquierdo & Chueca Estudio Creativo

SUBIR
Esta web utiliza cookies

Este sitio web utiliza cookies propias y de terceros para para mejorar nuestros servicios, elaborar información estadística, analizar sus hábitos de navegación, lo que nos permite personalizar el contenido que ofrecemos y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias. Además, compartimos la información con nuestros colaboradores de redes sociales, publicidad y análisis web, quienes podrán utilizar la información recopilada y combinarla con otra información que les haya proporcionado.

Para aceptar su uso puede hacer click en el botón “Aceptar”. Si usted no está de acuerdo con alguna de estas, podrá personalizar sus opciones a través del panel de configuración.

ConfiguraciónAcepto las cookies

cookies

Configuración de cookies

Este sitio web utiliza cookies para mejorar su experiencia mientras navega por el sitio web. De estas cookies, las cookies que se clasifican según sea necesario se almacenan en su navegador, ya que son esenciales para el funcionamiento de las funcionalidades básicas del sitio web. También utilizamos cookies de terceros que nos ayudan a analizar y comprender cómo utiliza este sitio web. Estas cookies se almacenarán en su navegador sólo con su consentimiento. También tiene la opción de darse de baja de estas cookies. Pero la exclusión voluntaria de algunas de estas cookies puede afectar su experiencia de navegación.

Para obtener más información sobre el uso de las cookies, configuración, origen, finalidades y  sus derechos, acceda a nuestra <a href="/politica-de-cookies/">Política de Cookies</a>
Necesaria
Siempre habilitado

Las cookies necesarias son absolutamente esenciales para que el sitio web funcione correctamente. Esta categoría solo incluye cookies que garantizan funcionalidades básicas y características de seguridad del sitio web. Estas cookies no almacenan ninguna información personal.

CookieTipoDuraciónDescripción
cookielawinfo-checkbox-necessaryPropia11 mesesEsta cookie está configurada por el complemento GDPR Cookie Consent. Las cookies se utilizan para almacenar el consentimiento del usuario para las cookies en la categoría "Necesario".
cookielawinfo-checkbox-non-necessaryPropia11 mesesEsta cookie está configurada por el complemento GDPR Cookie Consent. Las cookies se utilizan para almacenar el consentimiento del usuario para las cookies en la categoría "No necesarias".
viewed_cookie_policyPropia7 díasLa cookie se configura mediante el complemento de consentimiento de cookies GDPR y se utiliza para almacenar si el usuario ha consentido o no el uso de cookies. No almacena ningún dato personal.
Estadísticas

Las cookies analíticas se utilizan para comprender cómo interactúan los visitantes con el sitio web. Estas cookies ayudan a proporcionar información sobre las métricas, el número de visitantes, la tasa de rebote, la fuente de tráfico, etc.

CookieTipoDuraciónDescripción
_gaTerceros2 añosEsta cookie es instalada por Google Analytics. La cookie se utiliza para calcular los datos de visitantes, sesiones, campañas y realizar un seguimiento del uso del sitio para el informe analítico del sitio. Las cookies almacenan información de forma anónima y asignan un número generado aleatoriamente para identificar visitantes únicos.
_gidTerceros1 díaEsta cookie es instalada por Google Analytics. La cookie se utiliza para almacenar información sobre cómo los visitantes usan un sitio web y ayuda a crear un informe analítico de cómo funciona el sitio web. Los datos recopilados, incluidos el número de visitantes, la fuente de donde provienen y las páginas, aparecieron de forma anónima.
GPSTerceros30 minutosYouTube configura esta cookie y registra una identificación única para rastrear a los usuarios en función de su ubicación geográfica.
Publicitarias

Las cookies publicitarias se utilizan para proporcionar a los visitantes anuncios relevantes y campañas de marketing. Estas cookies rastrean a los visitantes en los sitios web y recopilan información para proporcionar anuncios personalizados.

CookieTipoDuraciónDescripción
IDETerceros2 añosUtilizado por Google DoubleClick y almacena información sobre cómo el usuario usa el sitio web y cualquier otro anuncio antes de visitar el sitio web. Esto se utiliza para presentar a los usuarios anuncios que les sean relevantes según el perfil del usuario.
VISITOR_INFO1_LIVETerceros5 mesesEsta cookie es establecida por Youtube. Se utiliza para rastrear la información de los videos incrustados de YouTube en un sitio web.
Rendimiento

Las cookies de rendimiento se utilizan para comprender y analizar los índices clave de rendimiento del sitio web, lo que ayuda a ofrecer una mejor experiencia de usuario a los visitantes.

CookieTipoDuraciónDescripción
_gatTerceros1 minutoGoogle Universal Analytics instala estas cookies para reducir la velocidad de solicitud y limitar la recopilación de datos en sitios de alto tráfico.
YSCTerceros1 yearYouTube configura estas cookies y se utiliza para rastrear las vistas de videos incrustados.
Guardar y aceptar