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viernes, 22 julio 2016 / Publicado en Noticias, Nueva normativa, Estudios y estadísticas

Coordinación de actividades empresariales en la futura ISO 45001

La nueva norma ISO 45001 de Sistemas de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo, sustituirá a la OHSAS 18001/2007, está actualmente en tramitación para ser aprobada probablemente en el 2017.

logo-ISO-45001Lo que se expone a continuación es un análisis previo del contenido de la futura norma ISO 45001.
Respecto de este análisis, observamos que la futura norma explica como reducir los riesgos y crear mejores condiciones de trabajo en todo el mundo.
Se incluyen novedades, lo cual beneficiará a las organizaciones, simplificando  la integración de la gestión de seguridad y salud en el trabajo con otros sistemas de gestión, por ejemplo ISO 9001 o ISO 14001.
A continuación realizamos un breve análisis resumido, concretamente de la Coordinación de Actividades Empresariales dentro de la norma ISO 45001, incidiendo en estas mejoras o novedades que introduce esta futura norma ISO 45001 respecto de la OSHAS 18001.
NOVEDADES Y MEJORAS INTRODUCIDAS EN LA ISO 45001
1- En cuanto al concepto de contratistas, la antigua OSHAS indica cuál es la definición de contratista, mientras que la ISO 45001 habla de «gestión de los contratistas» en el apartado 8.5.
La nueva norma ISO 45001 define a los contratistas como aquellas organizaciones externas que proporcionan servicios a otras empresas en el lugar de trabajo, según un acuerdo que cuente con especificaciones, términos y condiciones acordadas.
El concepto de organización en la ISO es equiparable al  concepto de empresa definido en el Real Decreto 171/2004 de coordinación de actividades empresariales que desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995.
Así pues, para el cumplimiento de lo establecido en la norma ISO 45001 la organización deberá tener un procedimiento que gestione la relación con los contratistas, que deberá contemplar las obligaciones recogidas en el Real Decreto 171/2004 de Coordinación de Actividades Empresariales.
En  el apartado 8.5. además se indica que el establecimiento de la coordinación de actividades, es una coordinación específica del puesto de trabajo, que trata principalmente de establecer grados de coordinación en función del contrato, peligros, riesgos, magnitud de las operaciones y duración de los trabajos a desarrollar.
La norma ISO introduce una importante novedad a parte del cumplimiento de la legalidad, pues considera que, para la selección de los contratistas, es necesario introducir criterios de Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
Para desempeñar la Coordinación de Actividades Empresariales, por tanto, se exigirá la verificación de que los contratistas son capaces de desempeñar sus tareas antes de permitirles proceder con su trabajo, por ejemplo verificando que:

  • los recursos, el equipo y la preparación del trabajo para su desempeño son adecuados;
  • se cumplen y especifican los criterios de cualificación, experiencia y competencia necesaria para los trabajadores;
  • se cumplen los requisitos de formación mínima y otros requisitos exigibles a los trabajadores.

Las relaciones entre empresas cuya actividad coincide en un mismo centro de trabajo se identifican en la nueva norma ISO 45001, desde tres puntos de vista:

  • La evaluación de riesgos laborales. En la identificación de peligros o riesgos, se deben identificar los riesgos derivados de la actividad de los contratistas y sus trabajadores.
  • La coordinación de actividades empresariales. Se deben identificar, evaluar y controlar los peligros y estos se deben comunicar.
  • La gestión de las situaciones de emergencia. Para evitar o minimizar los riesgos de la SST en posibles situaciones de emergencia, se debe informar pertinentemente a los contratistas.

2-Como observamos, la nueva norma incide en la Información y Comunicación de los riesgos. En referencia a ello, en el apartado 7.4. sobre Información y Comunicación, se menciona el intercambio documental a realizar por la organización, factor sumamente importante para la coordinación de actividades empresariales.
La organización debe determinar la información y las comunicaciones internas y externas pertinentes al sistema de gestión de la SST. Se debe indicar de manera clara y concisa qué informar/comunicar, cuándo realizarlo, cómo hacerlo y cómo gestionar toda esta documentación para mantenerla actualizada.
Este intercambio documental, debe estar claramente establecido no sólo para contratistas sino también para otras organizaciones externas o partes interesadas.
Se introduce como novedad en la norma ISO 45001 el concepto de parte interesada; la organización debe establecer quiénes son las partes interesadas en ella, entendiendo por partes interesadas personas u organizaciones que puedan verse afectadas o percibirse como afectadas por una decisión o actividad en el lugar de trabajo. Pueden considerarse partes interesadas otras empresas concurrentes con la nuestra, asociaciones de vecinos, … que pueden verse afectadas por nuestra actividad como empresarios.
ESQUEMA RESUMEN DE LA C.A.E. EN LA ISO 45001

  1. Apartado 8.5. Gestión de los contratistas.
  1. a) La organización debe tener un procedimiento de gestión de la relación con los contratistas. (contemplar obligaciones del RD 171/2004).
  1. b) El establecimiento de la CAE es específico del puesto de trabajo.
  1. c) Para seleccionar contratistas, introducir criterios de SST (verificar que son capaces de desempeñar sus tareas antes de llevarlas a cabo).
  1. d) La relación entre organizaciones con actividad en un mismo Centro de Trabajo se identifican según:
  • La Evaluación de Riesgos Laborales.
  • La Coordinación de Actividades Empresariales.
  • La gestión de las situaciones de emergencia.
  1. Apartado 7.4. Información y comunicación de los riesgos.
  1. a) La organización debe indicar de manera clara y concisa:
  • Qué informar/comunicar.
  • Cuándo informar/comunicar.
  • Cómo informar/comunicar.
  • Cómo gestionar la documentación para mantenerla actualizada.
  1. b) El intercambio documental debe estar claramente establecido para:
  • Contratistas.
  • Organizaciones externas.
  • Partes interesadas.

Artículo de Sonia García
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Ingeniera Civil, Técnica Superior de Prevención de Riesgos, Formadora
 

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Etiquetado bajo: Gestión

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