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miércoles, 02 mayo 2018 / Publicado en Noticias, Nueva normativa, Jurisprudencia

La Audiencia Nacional reabre el debate sobre el registro de la jornada laboral. Consulta al Tribunal Europeo sobre la doctrina del Supremo

TJUE

El debate sobre la obligación de las empresas de registrar la jornada laboral diaria de sus empleados/as vuelve a la palestra. La AN consulta al TJUE si la última doctrina del Supremo contraviene la normativa europea. Repasamos los últimos años de este desencuentro, con enlace a todos los documentos citados.

registro de la jornada laboral
El fondo del problema consiste en la existencia de empresas que obligan a sus trabajadores a alargar su jornada laboral sin retribuciones a cambio.
Reproducimos las declaraciones de Isabel Araque, Secretaria Confederal de UGT (y TPRL):
“Según los últimos datos publicados por la Encuesta de Población Activa (EPA), en 2017 se realizaron una media de cinco millones ochocientas mil horas extraordinarias a la semana. De ellas el 46,9 % no se pagaron.”

Primera sentencia a favor del registro de la jornada laboral diario

La sentencia nº 207 de la Audiencia Nacional (AN) de 4 de diciembre de 2015 obligaba a BANKIA a llevar el control horario diario de sus empleados, tanto si realizan horas extras como si no.
A raíz de esta sentencia la Inspección de Trabajo (ITSS) dictó la Instrucción 3/2016, sobre intensificación del control en materia de tiempo de trabajo y horas extraordinarias.
Esta Instrucción llevó consigo la disminución de la realización de horas extras y de las horas extras no retribuidas. Seguimos citando las declaraciones de Isabel Araque:
Ese año [2017] las horas no pagadas disminuyeron un 14,5%, hecho que coincide con una campaña de la ITSS sobre tiempo de trabajo, que incluía la comprobación de si las empresas contaban con sistemas para el registro diario de la jornada.

Dos sentencias del TS contra el registro de la jornada laboral diario

BANKIA recurrió la sentencia nº 207 de la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo la revocó, en su sentencia nº 246/2017 de 23 de marzo de 2017, con 5 votos particulares (15 páginas).
La clave del asunto y de la sentencia gira alrededor de las diferentes interpretaciones que de los arts. 34 y 35.5 del Estatuto de los Trabajadores (ET), poco aportan las sentencias anteriores del TS en que se menciona este artículo. El mismo TS recomendaba al Poder Legislativo un mejor redactado del ET:
“Cierto que de «lege ferenda» convendría una reforma legislativa que clarificara la obligación de llevar un registro horario y facilitara al trabajador la prueba de la realización de horas extraordinarias, pero de «lege data» esa obligación no existe por ahora y los Tribunales no pueden suplir al legislador imponiendo a la empresa el establecimiento de un complicado sistema de control horario…”
Si quieres conocer los detalles y argumentos de esta sentencia te recomendamos el artículo Sobre la obligatoriedad del registro de la jornada de trabajo, o como una obligación se convierte en un derecho, de Josep Orrit Virós, publicado en la revista Prevencionista nº 24 (pág. 24).
Un mes después el Tribunal Supremo dictó otra sentencia en el mismo sentido sobre otra entidad bancaria, Abanca, la nº 338/2017 de 20 de abril de 2017 (8 páginas, la mitad de la anterior, mismos fundamentos jurídicos, sin votos particulares), de la que fue ponente una de las magistradas que en la anterior había presentado un voto particular contra el parecer de la Sala.
En consecuencia, la ITSS dictaba una nueva Instrucción el 18 de mayo en la que, aunque mantenía la vigencia de la Instrucción 3/2016, excluía de la misma la obligación de las empresas de llevar el registro de la jornada laboral diario.

Iniciativa legislativa para el registro de la jornada laboral diario

Como hemos visto, la propuesta fue del mismo TS en su sentencia nº 246/2017 de 23 de marzo de 2017, y la iniciativa legislativa la presentó el Grupo Parlamentario Socialista. Fue aprobada el 20 de junio y publicada en el Boletín Oficial de las Cortes 3 días después.
Equipara el registro de la jornada laboral completa a la regulación ya existente para la jornada parcial, y modifica también la LISOS para castigar su incumplimiento.
Según la prensa, a mediados de octubre pasado el Congreso aprobó “la toma en consideración de la Proposición de Ley de reforma del Estatuto de los Trabajadores” … aunque sin novedad hasta el día de hoy.

Nueva iniciativa de la AN sobre el registro de la jornada laboral diario

Finalmente, la Audiencia Nacional ha dictado el 19 de enero de este año un Auto de 37 páginas en el que realiza al TJUE tres preguntas (págs. 36-37) sobre si las dos sentencias del TS son conformes a la normativa europea, después de exponer la normativa y jurisprudencia española sobre el registro de la jornada laboral diario en otra entidad bancaria, el Deutsche Bank.
En concreto, preocupa que los trabajadores puedan demostrar que han realizado horas extras sin registro diario de la jornada, cuestión que no parece sencilla y que las dos sentencias del TS no resuelven.
Veremos quien resuelve antes, si el TJUE o las Cortes Españolas.
Seguiremos informando.
Artículo redactado por Josep Orrit Virós
EurOSHM de ENSHPO
Miembro de la Junta Directiva de AEPSAL
 
 

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Etiquetado bajo: Psicosociología, Trabajo

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