
Muchas son las dudas y ambigüedades con las que nos encontramos los prevencionistas al tratar con la normativa de PRL y, como es lógico, más dificultades tienen para conocerla e interpretarla los poco inmersos en la materia. Es el caso del Documento de Gestión Preventiva
En este artículo me gustaría tratar de esclarecer, para el caso de ejecuciones de obra, cuáles son el objeto y la ocasión en que la Contratista ha de elaborar un Plan de Seguridad y Salud o bien un Documento de Gestión Preventiva; ya que muy a menudo estos se confunden, e incluso vemos con frecuencia que la figura del segundo es desconocida.
En primer lugar, habría que describir que, cuando una obra precisa de Proyecto o bien de Memoria Valorada, estos documentos anexarán necesariamente a un Estudio (ESS) o Estudio Básico de Seguridad y Salud (EBSS), el cual será redactado por el proyectista (u otro facultativo), conteniendo las previsiones generales en materia de PRL y específicas para la ejecución en cuestión. Este ESS o EBSS será la base o premisa sobre la que la Contratista elaborará el preceptivo Plan de Seguridad y Salud (PSS), documento de PRL que desarrollará lo contenido en el primero, adaptándose a la parte de la obra que ésta haya de ejecutar y a su sistema y medios de trabajo. Este Plan, que habrá de ser validado por el Coordinador de Seguridad y Salud en fase de ejecución (CSS), necesariamente antes que la Contratista pueda entrar en la obra, será la referencia en cuanto a PRL para las ejecuciones y actores que en éste se describen. A su vez, la Autoridad Laboral correspondiente exigirá dicho PSS, aprobado por el CSS, a la empresa que quiera tramitar la correspondiente Apertura del Centro de Trabajo.
Hasta aquí, podríamos entender que todo queda muy claro, y que siempre habrá que atenerse a esta operativa para cumplir en este sentido con la PRL en el ámbito de las obras de construcción. Pero en la práctica, y desde un principio, la problemática llegó cuando hubo que encajar en este marco a las obras sin Proyecto: son muchísimas estas intervenciones, y también requieren de su correspondiente Apertura del Centro de Trabajo.
Para estos casos, en los primeros años desde que entró en vigor la “normativa base” en PRL que rige en nuestro país (Ley 31/1995, Ley 39/1997, RD 1627/1997, etc.) hubo una especie de limbo normativo; desde 2010 hasta hace un par de años, valía con que la empresa Contratista aportara la Evaluación de Riesgos (de las ejecuciones, maquinaria y medios auxiliares; que la puede conseguir de su Servicio de Prevención) para tramitar la Apertura del Centro de Trabajo. Y aunque la normativa que así lo indica todavía sigue vigente (Orden TIN/1071/2010), se ha hecho palpable la necesidad de aportar un documento que justifique una planificación preventiva en su conjunto para la obra concreta que se trate (en el cual se incluiría la mayor parte del contenido exigible a un Plan de Seguridad y Salud).
Por ello, el INSSBT, publicó en 2015 las “Directrices Básicas para la integración de la prevención de riesgos laborales en las obras de construcción”, en cuyo contenido se indica la conveniencia de elaborar el Documento de Gestión Preventiva de la Obra, para el caso de obras sin Proyecto. En dicho documento, al igual que sucede con los PSS, se deberá incluir la correspondiente Evaluación de Riesgos.
De este modo, se concilia la necesidad manifiesta de una planificación integral también para el caso de las obras sin Proyecto, con la exigencia indicada en la mencionada Orden, y sin entrar en conflicto con la ya bien establecida figura del Plan de Seguridad y Salud (de hecho, casi se ha tratado de un mero “cambio de título”).
Por último, cabe mencionar que para el caso específico de obras sin Proyecto y en las que intervengan varias empresas contratistas, sí habrá de ser redactado un PSS y nombrado Coordinador de Seguridad y Salud. Se adjunta bibliografía.
Xavier Urpí Benach
Técnico Intermedio en PRL (Especializado en edificación y obras de construcción)
CEO en PSS contratista
Fuentes relacionadas con el artículo
“Directrices Básicas para la integración de la prevención de riesgos laborales en las obras de construcción”. INSSBT.
“Consulta sobre la documentación necesaria para la apertura de centro de trabajo”. MINISTERIO DE EMPLEO Y SEG. SOCIAL – SUBDIRECCIÓN GRAL. DE ORDENACIÓN NORMATIVA
“Guía Técnica para la Evaluación y Prevención de los riesgos relativos a las obras de construcción”. INSSBT.
Fuentes para obras sin proyecto en que intervienen más de una empresa
Una vuelta de tuerca a las obras sin proyecto. Recopilación de normas, guías y sentencia. AEPSAL.
Seguridad laboral en obras de construcción menores (sin proyecto). INSSBT.
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