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Novedades en el transorte de mercancías peligrosas internacional

Noticias de AEPSAL, Nueva normativa, Noticias, Legislación

El pasado 28 de junio se publicó en el B.O.E. el nuevo Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera, ADR 2019. acuerdo que se revisa cada dos años con el objetivo de armonizar en lo posible el ADR con las Recomendaciones Relativas al Transporte de Mercancías Peligrosas de Naciones Unidas.

Las mercancías peligrosas son materias u objetos peligrosos transportados (mayoritariamente por carretera, en tren, en avión o en barco) que presentan riesgo para la salud, para la seguridad o que pueden producir daños en el medio ambiente, en las propiedades o a las personas. Su transporte y todas las operaciones a realizar previas, durante y a posteriori del mismo, siguen protocolos seguros y se rigen por normativa estricta y de carácter internacional.

El ADR 2019 consta de 17 artículos y de dos Anexos, que constituyen el marco de la reglamentación del transporte de mercancías peligrosas por carretera distribuidos de la siguiente forma:

 

  • El Anexo A: contiene todas aquellas acciones necesarias para remitir una mercancía antes de realizar el transporte en sí mismo: clasificación de la mercancía, elección de los recipientes, generación de la documentación precisa, controles anteriores a la salida de la expedición, etc.
  • El Anexo B: se refiere a la circulación del vehículo, conducción, elección del vehículo, elección de conductor y equipamiento, entre otros

Entre las novedades más destacables se incluyen:

  • Nuevas definiciones: cambio de término “riesgo” por el de “peligro”, aparición del concepto de “objetos” que contienen mercancías peligrosas en su interior y que entran a formar parte del ámbito del ADR
  • Cambios en las condiciones de transporte de pilas de litio.
  • Obligatoriedad de designar al consejero de seguridad a los expedidores
  • Nuevas materias.
  • Nuevas disposiciones especiales.
  • Cambios en las instrucciones de embalaje.
  • Medidas mínimas para el marcado y etiquetado de los bultos.
  • Nuevas disposiciones para los vehículos y la maquinaria.
  • Nuevas disposiciones de construcción y homologación de los recipientes a presión.

Para consultar más información sobre riesgos y medidas preventivas del transporte de mercancías peligrosas en AEPSAL recomendamos la Guía Práctica de Riesgos y Medidas preventivas para el transportista publicadas por el INSST

Para más información puedes descargarte la publicación BOE ADR 2019 en este enlace https://www.fomento.gob.es/transporte-terrestre/mercancias-peligrosas-y-perecederas/adr2019 así como consultar el documento especial creado por FOMENTO https://www.fomento.gob.es/recursos_mfom/paginabasica/recursos/adr_2019_0.pdf

https://www.insst.es/InshtWeb/Contenidos/PortalesTematicos/Transportista/Listado/GU%c3%8dA%20PR%c3%81CTICA_MERCANCIAS_PELIGROSAS.pdf

Redactado por Susana Romero

julio 3, 2019
Etiquetas: INSHT, Seguridad vial
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